Por: Osvaldo M. Álvarez Torres*
Cuba: la familia y el Derecho de
Familia en esta época
La familia es esencial para que una
sociedad de democracia participativa funcione correctamente. No solamente
porque es un núcleo de personas cuya relación nace de la ausencia de interés en
las relaciones afectivas, sino porque también, desde el punto de vista
económico, no existe nada que la pueda sustituir.
Puede afirmarse sin temor a equívocos
que la familia responde a la naturaleza misma del ser humano, que no es un
"invento" de determinadas épocas o culturas, que tiene una dimensión
espiritual, biológica, emocional y material, cuya expresión es anterior y
relevante a cualquier ordenamiento jurídico.
De ahí que la evolución de la sociedad
está directamente relacionada con la preservación de los valores familiares,
sobre los que esta institución de organización social descansa. De ahí que es
válido afirmar que cuando la familia está sana, la sociedad está sana, cuando
la familia está en crisis, la sociedad está en crisis.
Ello fuerza a concluir que la familia
es un paradigma de la vida colectiva, que la nación debe preservar y proteger
siempre, por tal razón el primer deber del Estado es la protección de la
Familia y la creación de las condiciones sociales que permitan su adecuado
desarrollo y sostenimiento.
No puede negarse que en Cuba, como en
la mayoría de nuestras sociedades centroamericanas y caribeñas, todas con un
denominador común de valores, de culturas, de principios, el Derecho de Familia
y el proceso que lo instrumentaliza, están y estarán por encima de los derechos
de personas, vistos como derechos individuales, porque son derechos distintos,
sociales, humanos y no simples derechos de persona, pues si no, ¿por qué hace
más de setenta años Piero Calamandrei definió al proceso que instrumentaliza al
Derecho de Familia como proceso civil inquisitorial, con la tutela especial del
juez o tribunal de intereses sociales y por qué a posteriori Montero Aroca
estimó como necesarias, las llamadas tutelas privilegiadas para este derecho
eminentemente colectivo, social?
En sede de Derecho de Familia y en procesos
de familia, la solución a los problemas que el avance informático plantea,
genera nuevas interrogantes que tienden a ser mirados con desprecio o temor. En
muchos casos, el temor a lo desconocido provoca actitudes de rechazo, que
conducen a la ignorancia y al alejamiento en la comprensión del valor de las
cosas.
No puede desconocerse y no se
desconoce en Cuba, en nuestros días, la importancia de las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones (TICs) en el desenvolvimiento de la familia,
de la justicia de familia, porque “…entre los factores más relevantes para
establecer la e-Justicia (justicia electrónica) se encuentran la alfabetización
informacional y la e-conciencia (conciencia electrónica) sobre lo que implica
el mundo digital en materia de administración de justicia, cuestión que lleva a
apreciar, determinar y evaluar el peso de la brecha digital….” (4)
Empero, de nada sirve que los jueces y
tribunales dispongan de tecnología de punta, si los abogados y otros
profesionales del Derecho, además del personal auxiliar con quienes trabajan,
funcionen con infraestructuras jurídicas del siglo pasado.
Hace falta, por tanto, establecer
grupos de estudio con el fin de crear marcos legislativos, bajo el influjo de
la armonización de normas sobre protección de la privacidad y datos personales,
delitos informáticos y spam, firma electrónica o digital, para el desarrollo
consecuente de la sociedad de la información.
Afirmar que son notorias las
iniciativas de proponer el libre acceso a la información, es decir, a Internet,
de manera gratuita en aquellos lugares públicos donde se deba brindar un
compromiso social, entre ellos universidades, bibliotecas, organismos públicos,
ONGs.
Esta implementación debe tener como
presupuesto el diseño de programas filtros que permitan bloquear algunos sitios
Web, por ejemplo, de contenido pornográfico, o teniendo en cuenta una lista de
palabras restringidas.
Las instituciones académicas, en Cuba,
tienen la obligación de formar y educar a las nuevas generaciones hacia una
cultura digital que genere investigación, desarrollo e innovación, máxime
cuando la familia debe ser lo primero, para cualquiera de nuestros países.
Resulta plausible analizar los
resultados positivos o negativos de la implementación y desarrollo de las TICs
en el Derecho de Familia y en los procesos judiciales de índole familiar, para
el bienestar de la humanidad, de nuestros pueblos Centroamericanos y del
Caribe, de Latinoamérica, pero las conclusiones a que arribemos no deben dañar
la neutralidad que la tecnología tiene, porque sus efectos dependen simplemente
de la ética de quienes la disponen y aplican.
*Ponencia
presentada por el profesor Osvaldo M. Álvarez Torres en la Conferencia
Provincial Preparatoria de la I Conferencia Nacional de Ciencias Sociales. Matanzas,
marzo, 2015.
4. MOLINA, Luis Henry.; Intervención en la XIII Cumbre
Judicial Iberoamericana, por el Coordinador del Grupo de Trabajo
e-Justicia.
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